CDA Cenda

Esta es una pregunta que a diario se hacen los conductores y dueños de vehículos y que se consulta a diario en los buscadores de internet. Si eres una de esas personas que no tiene claridad sobré el momento en que se de hacer la primera RTM de tu vehículo o tienes dudas, acá te lo contamos.

Recuerda que según lo estipulado en el artículo 201 del decreto 019 del 2012 todos los vehículos deben someterse anualmente a la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes en el territorio nacional.

Los vehículos nuevos de servicio particular, deberán realizar su primera revisión a partir del sexto año contado desde la fecha de su matrícula, las motocicletas y los vehículos de servicio público tanto de pasajeros como de carga deberán realizar su primera revisión, a partir del segundo año contado desde la fecha de su matrícula. Luego dicha revisión deberá hacerse anualmente y sin falta.

Los vehículos automotores de placas extranjeras que ingresen temporalmente y hasta por 3 meses a el país no requieren la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes.

La fecha de matrícula se encuentra en el respaldo de la tarjeta de propiedad, para evitar un comparendo debes tener en cuenta que la fecha de matrícula no siempre corresponde con el modelo del vehículo, para el próximo año deberán realizar su primera revisión todos los vehículos particulares matriculados en el 2017 y todas las motocicletas y vehículos de servicio público que fueron matriculados en el 2021.

En Cenda nos preocupa tu seguridad.

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¡CENDA, POR SIEMPRE TU CASA AMARILLA!.